22/9/2024 - 09:01 - TANDIL
El 14 de agosto de 2007, por medio de una declaración, nuestro Congreso Nacional aprobó el siguiente texto: “Adhiérase a lo determinado en la Conferencia Mundial de la Coalición contra el Tráfico, en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999, que eligió como Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres y Niñas/Niños, en conmemoración a la fecha del 23 de septiembre de 1913, de promulgación de la ley 9.143 de nuestro país, que fue la primera norma legal contra la prostitución infantil y conocida como la Ley Palacios”.
A partir de allí nuestro país conmemora ese día todos los años el “23 de septiembre” y, con mayor énfasis, por haber sido redactada la mencionada ley por el Doctor Alfredo Lorenzo Palacios, primer Diputado Nacional Socialista en América Latina.
Hoy, a más de un siglo de aquella ley, el flagelo de la trata sigue vigente y, después del tráfico de drogas y armas, es el negocio transnacional que genera mayores dividendos. Según un informe de las Naciones Unidas este negocio genera más de 40.000 millones de dólares.
Según Ban Ki Moon, Secretario General de la ONU, “la trata de seres humanos es una industria mundial despiadada que niega a las víctimas sus derechos y su dignidad y genera miles de millones de dólares para las redes de la delincuencia organizada”.
Quienes caen en las redes de los tratantes pueden enfrentar la explotación sexual, distintas formas de trabajo esclavo y mendicidad forzada, perdiendo de esta manera los derechos básicos de cualquier ser humano, como la libertad, la seguridad y el derecho a vivir sin ser objeto de violencias.
En nuestro país, desde 2008, con la sanción de la Ley Nacional Nº 26.364 “Ley de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a las víctimas” se han rescatado hasta el 31 de mayo de este año 6.992 personas a través de 3.288 allanamientos realizados.
Asimismo, cada provincia tiene leyes posteriores a la mencionada, intentando fortalecer la misma. En nuestra provincia (Buenos Aires), el 22 de noviembre de 2012 se sancionaron dos. Por un lado la Ley Nº 14.473 (promulgada por Decreto Nº 52/13 del 11/1/13) que crea refugios para las víctimas de trata en cada cabecera judicial en que está divida la provincia. En nuestro caso corresponde Azul, con una capacidad edilicia para al menos 50 víctimas. Cabe aclarar que hasta hoy día dicha ciudad no cuenta con este tipo de refugio provincial. Por el otro, la ley Nº 14.453 (promulgada por Decreto Nº 32/13 del 9/1/13) que tiene por objeto crear un observatorio de análisis de la situación y evolución de la trata de personas en la provincia.
Esta última, a pesar de que en su Artículo 27 establece que deberá ser reglamentada (esto es cómo se va a aplicar, lo cual lo determina el Poder Ejecutivo Provincial) dentro de los 90 días posteriores a su sanción (recordemos, 22 de noviembre de 2012), a la fecha sigue sin estar este paso realizado.
En referencia a ello, en la pasada sesión del Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad, llevada a cabo el 11 septiembre de 2014, a moción del Bloque de Concejales que comparto (UCR) fue aprobado por unanimidad la Resolución Nº 2.896 para que el Sr. Gobernador realice este trámite lo más urgente posible.
Hoy, aunque contamos con varias leyes para condenar esta actividad, seguimos teniendo en nuestro país esta problemática vigente y en aumento. Por ello, este flagelo que es la esclavitud del siglo XXI, nos demanda a cada uno de nosotros formar parte de la lucha para combatirlo e intentar erradicarlo.
Néstor A. Müller
Concejal U.C.R.